El examen preocupacional tiene por objetivo evaluar la aptitud del trabajador para desarrollar las actividades que demanda el puesto para el que se postula y, si existieran, registrar secuelas incapacitantes a los fines de hacer jugar el eximente de responsabilidad respecto a incapacidades generadas antes del inicio de la relación laboral. El examen preocupacional se constituye así en un factor que desalienta prácticas discriminatorias al brindar seguridad jurídica a las empresas que contratan trabajadores con discapacidades y eximirlas del riesgo de afrontar responsabilidades en la reparación de secuelas incapacitantes preexistentes a la relación laboral.
El examen periódico tiene por objetivo la detección precoz de enfermedades profesionales. En este caso se introducen los aspectos más innovadores con respecto a la normativa anterior, la cual, en general, no permitía evaluar los efectos específicos de cada agente de riesgo en el ámbito laboral. Siguiendo los criterios científicos más modernos y reconocidos internacionalmente, para que el examen periódico tenga utilidad en el diagnóstico precoz de las alteraciones de la salud, deben adoptarse instrumentos sensibles y específicos que permitan detectar pequeños cambios e identificar con certeza la presencia del factor de riesgo.
Aunque no existen procedimientos universales, las ventajas del nuevo enfoque radican en la posibilidad de detectar la exposición a un agente de riesgo en forma temprana y, de esa manera, aplicar las estrategias preventivas ya sea disminuyendo los niveles ambientales del agente de riesgo, instalando un tratamiento médico oportuno, o separando al trabajador de esa exposición. A fin de normalizar la administración de estos exámenes en salud, se establece un cronograma con plazos razonables y dando prioridad a los trabajadores expuestos a riesgos más nocivos.