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| Claudio Taboadela, representante de la Unión
de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART). |
Durante la 30ª Asamblea Mundial de la Salud en 1977 se fijó la meta
de “Salud para todos en el año 2000 sin distinción de raza,
idioma, género, edad, nivel económico, ocupación o lugar
de residencia”.
Posteriormente, durante la Conferencia Internacional sobre Atención Primaria
de la Salud llevada a cabo en Alma-Ata (Kazajistán) en 1978, se definió
la atención primaria de la salud como la asistencia sanitaria esencial
basada en métodos y tecnologías prácticos científicamente
fundados socialmente aceptables, puesta al alcance de todos los individuos y familias
de la comunidad mediante su plena participación y a un costo que la comunidad
y el país puedan soportar.
En todas y cada una de las etapas de su desarrollo, con un espíritu de
auto responsabilidad y autodeterminación.
La atención primaria de la salud forma parte integrante tanto del sistema
nacional de salud que constituye la función central y el núcleo
principal, como del desarrollo económico global de la comunidad.
La atención primaria de la salud representa el primer nivel de contacto
de los individuos, la familia y la comunidad, con el sistema nacional de salud,
llevándolos lo más cerca posible.
La atención de salud al lugar donde residen y trabajan las personas y constituyen
el primer elemento de un proceso permanente de asistencia sanitaria.
Durante el 2° encuentro de los centros colaboradores de salud ocupacional
de la OMS -realizado en Medellín (Colombia) en 1994-, se firmó la
Declaración de Salud Ocupacional para Todos y se planificó la estrategia
global para su implementación.
Todo trabajador tiene derecho a acceder al más alto estándar de
calidad en salud posible de alcanzar.
Para lograr este objetivo debe estar asegurado el acceso de todos los trabajadores
del mundo a los servicios de salud ocupacional, independientemente de la edad,
sexo, nacionalidad, ocupación, tipo, tamaño o localización
del empleo.
Durante el 7° encuentro de los centros colaboradores de salud ocupacional
de la Organización Mundial del Trabajo (OMS) llevado a cabo el año
pasado en Italia en junio de 2006, se firmó la Declaración sobre
la Salud de los Trabajadores, y durante el 28° Congreso Internacional de Salud
Ocupacional realizado también el año pasado en Milán, se
firmó la Declaración del Centenario de la Comisión Internacional
de Salud Ocupacional reafirmando los documentos anteriores.
La salud ocupacional tiene como finalidad promover y mantener el más alto
nivel de bienestar físico, mental y social de los trabajadores de todas
las profesiones, prevenir todo daño causado a la salud de éstos
por las condiciones de trabajo, protegerlos en su empleo contra los riesgos resultantes
de la existencia de agentes nocivos a su salud, colocar y mantener al trabajador
en un empleo acorde con sus aptitudes psicológicas y fisiológicas.
En resumen, adaptar el trabajo al hombre y cada hombre a su tarea.
Las actividades en materia de salud ocupacional abarcan
tres objetivos:
- El mantenimiento y la promoción de la salud de los trabajadores y su
capacidad de trabajo.
- El mejoramiento del trabajo y su medioambiente, a fin de garantizar la seguridad
y la salud de los trabajadores.
- La elaboración de sistemas de organización del trabajo y de
culturas laborales con miras a fomentar la seguridad y la salud de los trabajadores
y de promover así un clima social positivo e incrementar la productividad
de las empresas.
En la República Argentina, la salud ocupacional está enmarcada en
la Ley de Seguridad e Higiene del Trabajo, en la Ley sobre Riesgos del Trabajo,
en sus decretos reglamentarios y en otras reglamentaciones del Ministerio de Trabajo
y la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT).
Los objetivos de la Ley de Salud e Higiene del Trabajo
son:
Proteger la vida, preservar y mantener la integridad psicofísica de los
trabajadores, prevenir, reducir, eliminar o aislar los riesgos de los distintos
riesgos o puestos de trabajo, y estimular y desarrollar una actitud positiva respecto
de la atención de los accidentes o enfermedades que puedan derivarse de
la actividad laboral.
Por su parte, los objetivos de la Ley sobre Riesgos
del Trabajo son:
Reducir la siniestrabilidad laboral a través de los riesgos derivados del
trabajo; reparar los daños derivados de accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales, incluyendo la rehabilitación del trabajador o damnificado;
promover la recalificación laboral y la recolocación de los trabajadores
damnificados y promover la negociación colectiva laboral para la mejora
de las medidas de prevención y de las prestaciones reparadoras.
Con el fin de cumplir con estas prestaciones, en 1996 fueron creadas las Aseguradoras
de Riesgos del Trabajo (ART), que son entidades privadas y que están autorizadas
por la SRT, y por la Superintendencia de Seguros de la Nación. En la actualidad
son 23 aseguradoras, de las cuales 19 están agrupadas en la Unión
de ART, concentrando más del 98% del mercado en términos de trabajadores
cubiertos.
En la actualidad existen alrededor de 7 millones de trabajadores cubiertos, que
representan el 99% de los trabajadores registrados, y más de 640.000 empleadores
asegurados, que representan el 87% de los empleadores de nuestro país.
Pero ¿qué sucede con los trabajadores
no registrados?
Aquellos trabajadores no registrados que trabajan con empleadores asegurados reciben
cobertura integral del sistema por parte de la ART, que luego puede repetir los
gastos contra el empleador.
Aquellos trabajadores no registrados que trabajan con empleadores no registrados
y en condiciones de insuficiencia patrimonial reciben cobertura a través
del Fondo de Garantía administrado por la SRT.
Sin embargo, estas formas de inclusión resultan insuficientes a la luz
de la gran cantidad de trabajadores desocupados y sus familias, que tienen un
limitado acceso a los servicios integrales de la seguridad social y de salud pública.
Desde el inicio del sistema, las ART han venido realizando acciones de prevención
primaria, secundaria y terciaria en la salud. Dentro de las acciones de prevención
primaria cabe destacar las visitas periódicas y las recomendaciones a las
empresas, el asesoramiento y la asistencia técnica en materia de riesgos
del trabajo, las denuncias ante la SRT por incumplimiento de normas de higiene
y seguridad, y diversas actividades de capacitación.
Durante el año 2006 se realizaron 440.000 visitas a empresas, un millón
de recomendaciones, 358.000 actividades de asesoramiento en materia de relevamiento
de riesgos, más de 24.000 consultas telefónicas respondidas, 380.000
unidades de capacitación entregadas entre afiches, videos y CD, 97.000
actividades de capacitación con más de 300.000 personas capacitadas
y 408 seminarios con más de 10.000 participantes.
En lo que respecta a la gestión en prevención en el período
2003/2006, se observó una creciente incidencia de acciones de prevención
con un aumento del 167% en las visitas a las empresas, del 138% en las recomendaciones
y del 243% en las denuncias.
Registrándose en la actualidad un total de 1.172 preventores en el sistema,
y con un total de trabajadores en las empresas visitadas que se acerca a los 5
millones.
En cuanto a la evolución del índice de fallecidos en el período
1996/2005 por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, se observó
una reducción de este índice desde el comienzo del sistema, llegando
a una merma del 39% en el año 2005. Se calcula que en los 10 años
de operación del sistema se han evitado cerca de 2.000 muertes.
En lo que respecta a la evolución del índice de incidencia en accidentes
de trabajo, sin tomar en cuenta los accidentes
in itinere, en el período
1997/2005 los indicadores de siniestralidad están en línea con los
parámetros internacionales, si tomamos como ejemplo a Chile y España.
En la Argentina, de 69 por mil, en Chile es igual, y en España es casi
un 62 por mil.
La Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART) y las distintas
ART han participado en diferentes foros científicos y educativos promoviendo
la atención primaria de la salud y la prevención, así como
realizado convenios de cooperación científica con diversas instituciones,
academias, facultades y universidades.
En lo que respecta a las acciones de prevención secundaria, cabe destacar
la realización de los exámenes periódicos realizados en base
a la Resolución SRT N° 43/97 de acuerdo con el riesgo de exposición.
La UART ha planteado propuestas de mejoras de índole técnica y operativa
para mejorar la eficacia y el alcance de la norma.
La gestión de exámenes médicos periódicos demuestra
un 167% de aumento de la cantidad efectiva de trabajadores expuestos examinados
en el período 2001/2006, registrándose en 2006 757.600 trabajadores
examinados. Sin embargo, en 2006 no pudieron realizarse 296.000 exámenes
periódicos por problemas ajenos a las ART y relacionados con la reticencia
de los empleadores a enviar a los trabajadores a los exámenes o a la negativa
de los trabajadores, entre otras causas.
La cantidad de enfermedades profesionales por cada 10.000 trabajadores cubiertos
en la Argentina está en línea con la tendencia prevaleciente en
otros países que tienen una tradición más antigua en el Sistema
de Riesgos del Trabajo.
En lo que respecta a las acciones de prevención secundaria cabe destacar
también la atención médica, que se caracteriza por la inmediatez
en la respuesta prestacional, en la equidad en el acceso para todos los beneficiarios,
en la accesibilidad garantizada con prestadores en todo el país y en la
continuidad del tiempo de las prestaciones médicas.
Las prestaciones en especie incluyen la cobertura integral a través de
prestadores en todo el país, traslados, provisión de medicamentos
gratuitos, prótesis, ortesis, endoprótesis, elementos de osteosíntesis
y rehabilitación, hasta la curación completa o mientras subsista
la incapacidad.
Cabe destacar la cobertura de estudios de alta complejidad sin límites,
la cobertura integral de traslados, que incluye los aviones sanitarios, la cobertura
del 100% sin límite de medicamentos, la presencia de una línea 0800
que trabaja todos los días del año, la realización de cirugías
de alta complejidad que incluye implantes, trasplantes y microcirugía,
y la prestación de rehabilitación y terapia ocupacional con los
más altos estándares y sin límites.
En junio de 2006 la Sociedad de Estudios Laborales realizó una encuesta
de satisfacción de siniestrados con una muestra de 447 trabajadores, observándose
que el promedio general de satisfacción en una escala del 1 al 10 demostró
un puntaje de 7,9, no observándose gran diferencia entre los trabajadores
que estuvieron de alta sin capacidad a aquellos que tuvieron incapacidad.
A la pregunta: "Considerando todo, ¿cómo calificaría
los servicios prestados por la ART?", el 81% de los trabajadores respondió
como buenos y muy buenos. Aquí observándose trabajadores con incapacidad
de aquellos que no la tenían.
En cuanto a la confianza en la cobertura brindada por las ART se observa un notorio
crecimiento del nivel de confianza por parte del trabajador respecto de la ART
luego de que fueron prestados los servicios médicos y luego del accidente.
Las acciones de prevención terciarias son la rehabilitación, la
terapia ocupacional, la recalificación, la reinserción laboral,
y la cobertura integral de por vida de los pacientes crónicos a través
de internación institucional, internación domiciliaria y donde muchas
veces es necesario realizar modificaciones edilicias de la vivienda para adaptarlas
a la incapacidad de los trabajadores.
La estadística nombrada anteriormente demuestra que, luego del alta laboral,
el 92% de los trabajadores se reintegró al puesto que tenía antes,
y ante la pregunta de cuánto ayudó la ART para su reintegro, el
63% respondió “mucho”.
Todo lo expuesto demuestra el compromiso de las ART con la salud ocupacional y
sus aspectos preventivos, a pesar de la etapa actual de litigiosidad del sistema,
motivada por la declaración de inconstitucionalidad de aspectos clave de
la Ley de Riesgos del Trabajo.
Sin embargo, las ART constituyen sólo una porción de la red de atención
primaria de la República Argentina, debido a que la salud ocupacional constituye
un aspecto parcial de la misma. Las acciones de prevención no sólo
deben estar dirigidas a los trabajadores y a su ambiente de trabajo, sino también
a sus familias, al resto de la población y al medioambiente que todos habitamos.
Para ello es fundamental la participación del Estado a través de
la formulación de marcos normativos que promuevan la salud de los trabajadores,
sus familias y el medioambiente, y la generación de mecanismos para la
coordinación multisectorial de las actividades de atención primaria
de la salud a fin de equiparar el acceso a la cobertura de salud de todos los
trabajadores y sus familias.
Es de destacar el papel que cumplen el Ministerio de Trabajo y la SRT, y es deseable
el consenso y la efectiva y armónica articulación entre el Estado
y la comunidad, representada por los empleadores, los trabajadores, las aseguradoras
y los profesionales y técnicos para la implementación de políticas
que puedan materializarse en acciones efectivas y sustentables de atención
primaria de salud en salud ocupacional.
La participación de las universidades y entidades públicas y privadas
es imprescindible para el desarrollo de la investigación y para la educación
de los profesionales y técnicos que actúan en salud ocupacional,
como así también es imprescindible la inclusión de salud
ocupacional con énfasis en atención primaria de la salud como asignatura
del pregrado, y la especialización posgrado, la educación médica
continua, la certificación y la re-certificación de la especialidad.
También es fundamental la participación de los servicios internos
de medicina del trabajo a través de la promoción y la protección
del bienestar de los trabajadores en el lugar de trabajo, la prevención
y control de riesgos ocupacionales y la vigilancia epidemiológica de enfermedades
profesionales, accidentes de trabajo y enfermedades inculpables, para lo cual
consideramos imprescindible la modificación del Decreto N° 1338/96
que ha limitado el desarrollo de estos servicios internos.
También la participación de las obras sociales es fundamental, a
través de la prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación
de las enfermedades y accidentes inculpables de los trabajadores y de las enfermedades
y accidentes del grupo familiar.
No debemos olvidar la participación de los empleadores a través
de la generación de puestos seguros de trabajo, del registro de los trabajadores,
del cumplimiento de las normas de higiene y seguridad y de responsabilidad social
empresaria.
Por último, la participación de los trabajadores, elemento constitutivo
de la sociedad y que constituye la base de la atención primaria de la salud.
Todos los trabajadores tienen derecho a conocer los potenciales riesgos de su
trabajo y a participar en la planificación y en la implementación
de programas de salud y seguridad.
Todos los trabajadores deben recibir educación y capacitación que
favorezca su participación en los planes de prevención.
De esta manera se podrá hacer crecer una red de atención primaria
de salud ocupacional coordinada por el Estado, y en la cual interactúan
todos los elementos que hemos descripto.
Finalmente, es muy importante destacar que las buenas prácticas en salud
ocupacional basadas en el Código de Ética de la Comisión
Internacional de Salud Ocupacional formen parte del compromiso que motiva la labor
de las ART con miras a apoyar los objetivos básicos de la atención
primaria de la salud, que son:
- Asegurar equidad en salud, es decir, salud para todos.
- Sumar vida a los años, que es lo mismo que decir “mejorar la
calidad de vida”.
- Sumar años a la vida, que equivale a reducir la mortalidad y sumar
calidad a la vida, que es lo mismo que decir reducir la morbilidad.
Es de esta manera que el círculo vicioso de trabajo inseguro, enfermedad,
desempleos y pobreza, podrá transformarse en el círculo virtuoso
de trabajo seguro, salud, empleo y prosperidad.
Muchas gracias.